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El
Secretario de
Asuntos
Escalafonarios y
Personal
Jerarquizado deberá:
a)
Atender las
relaciones con el
personal
jerarquizado
comprendido en el
agrupamiento del
sindicato, canalizar
sus inquietudes y
propender a la
solución de sus
problemas
específicos.
b)
Bregar
por el
perfeccionamiento de
las normas que
regulan la carrera
administrativa y los
regímenes de
concurso.
c)
Controlar la
correcta aplicación
de dichas normas en
todos los ámbitos
del Gobierno de la
Ciudad Autónoma de
Buenos Aires,
incluido el de los
concesionarios,
licenciatarios,
locatarios,
administradores o
permisionarios a que
se refiere el
artículo 2º del
presente estatuto.
d)
Mediar
y arbitrar, con un
amplio sentido de
equidad y
compañerismo, en las
situaciones
conflictivas que
pudieren suscitarse
entre trabajadores
por cuestiones de
jerarquización. |